Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
  • Indicador nº 10 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento de Bujaraloz, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en:

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local

Alcalde

Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado

Alcalde del Ayuntamiento de Bujaraloz: D. Darío Villagrasa Villagrasa

Pleno

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

Se establece una periodicidad mensual de las sesiones ordinarias, celebrándose los últimos jueves de cada mes y determinándose la hora de celebración en la correspondiente convocatoria.

Puede consultar la Composición del Pleno del Ayuntamiento de Bujaraloz accediendo desde aquí.

Los Tenientes de Alcalde

Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al Alcalde para el ejercicio de sus funciones.

  • Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Bujaraloz: Dña. Mª Milagros Martínez Villagrasa
  • Segundo Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Bujaraloz: D. Fernando Fandos Aguilar
  • Tercer Teniente de Alcalde: D. Sergio Vidal Pallarés

Áreas de Gobierno

Son los niveles esenciales de la organización municipal con funciones de coordinación de las distintas Direcciones Generales u órganos similares integradas en la misma área de gobierno, y de la gestión de los servicios comunes de éstas u otras funciones análogas y las Direcciones Generales u órganos similares que culminen la organización administrativa, sin perjuicio de las atribuciones del Alcalde para determinar el número de cada uno de tales órganos y establecer niveles complementarios inferiores.

Puede consultar las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Bujaraloz accediendo aquí.

La Alcaldía - Presidencia ser reserva las atribuciones correspondientes a las siguiente áreas:

  • Cultura
  • Urbanismo
  • Vivienda
  • Personas Mayores
  • Y todas aquellas atribuciones que correspondan a otros servicios o funciones no delegadas.

Comisiones Informativas

Las Comisiones Informativas, integradas exclusivamente por miembros de la Corporación, son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que hayan de ser sometidos a la decisión del Pleno y de la Junta de Gobierno Local cuando ésta actúe con competencias delegadas por el Pleno, salvo cuando hayan de adoptarse acuerdos declarados urgentes.

Las Comisiones pueden ser permanentes o especiales. Son Comisiones informativas permanentes las que se constituyen con carácter general, distribuyendo entre ellas las materias que han de someterse al Pleno. Son Comisiones informativas especiales las que el Pleno acuerde constituir para un asunto concreto, en consideración a sus características especiales de cualquier tipo.

Convocadas por su presidente/a, se reúnen con carácter ordinario una vez por semana o cuando lo solicite la cuarta parte del número legal de miembros de la corporación.

Puede consultar las Comisiones Informativas del Ayuntamiento de Bujaraloz accedidendo aquí.

Comisión Especial de Cuentas

Está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la Corporación. Su constitución, composición e integración y funcionamiento se ajusta a lo establecido para las demás Comisiones Informativas. Entre sus funciones se encuentra el examen, estudio e informe de todas las cuentas, presupuestarias y extrapresupuestarias, que deba aprobar el Pleno de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales. La Comisión Especial de Cuentas podrá actuar como Comisión informativa permanente para los asuntos relativos a economía y hacienda de la entidad (bien a través del Reglamento Orgánico o mediante acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación).

Puede consultar la composición de la Comisión Especial de Cuentas del Ayuntamiento de Bujaraloz accediendo desde aquí.

Última actualización el viernes, 4 de agosto de 2023 a 11:59